Con la creación de la Oficina Central de Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República mediante Decreto Ley No 492 de la Junta de Gobierno de la Repúbl ica de Venezuela de fecha 30 de diciembre de 1958, se institucionalizó la planificación en Venezuela, como una labor de análisis, proyección y formulación de metas generales.
La Enmienda No 2 a la Constitución de la República de 1961, efectuada en 1983, obligaba al Ejecutivo Nacional a presentar al Congreso Nacional, para su aprobación en el transcurso del primer año de cada período constitucional, las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación, y exigía que estas cumplieran con la Ley Orgánica de Planificación. Sin embargo, ni los planes fueron aprobados ni la Ley fue promulgada.